Laicismo
Separación entre poder público y religión en la Segunda República
La Constitución de 1931 estableció que el Estado no tenía religión oficial y reguló la libertad de conciencia y las confesiones religiosas.
Resumen
El laicismo es el principio según el cual el Estado y sus instituciones deben mantenerse autónomos respecto de las confesiones religiosas y garantizar la libertad de conciencia. En la España de la Segunda República adquirió especial relevancia con la Constitución de 1931: el Estado dejó de tener religión oficial, se reguló jurídicamente a las confesiones y se impulsó la secularización de ámbitos como la enseñanza, los cementerios y el matrimonio. La cuestión religiosa se convirtió en uno de los principales focos de conflicto político.
Datos esenciales
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Definición
Principio político y jurídico que defiende la separación o autonomía entre las instituciones del Estado y las organizaciones religiosas, de modo que ninguna confesión disponga de una posición oficial privilegiada y se garantice la libertad de conciencia y de culto. En el contexto de la Segunda República española, el laicismo se concretó en un marco constitucional que eliminó la religión oficial y limitó determinadas formas de financiación, privilegio e intervención pública de las confesiones.
Contexto histórico
La relación entre Estado e Iglesia había sido una cuestión central del constitucionalismo español. Tras la proclamación de la Segunda República en abril de 1931, las Cortes Constituyentes aprobaron una Constitución que introdujo una profunda secularización institucional. El artículo 3 estableció que el Estado no tenía religión oficial; el artículo 26 reguló las confesiones y las órdenes religiosas y puso fin a su financiación directa por el Estado; el artículo 27 garantizó la libertad de conciencia y de culto y sometió los cementerios a jurisdicción civil. La Ley de Confesiones y Congregaciones Religiosas de 1933 desarrolló parte de este marco. Las reformas generaron una fuerte oposición de sectores católicos y conservadores y convirtieron la cuestión religiosa en un eje de polarización política durante la República.
Características clave
• Ausencia de una religión oficial del Estado.
• Libertad de conciencia y reconocimiento del derecho a profesar o no una religión.
• Separación institucional entre poderes públicos y confesiones religiosas.
• Regulación civil de ámbitos antes estrechamente vinculados a la Iglesia, como cementerios, matrimonio y educación.
• Supresión de privilegios y de determinadas formas de financiación estatal de las confesiones.
• Especial intensidad del debate político sobre las órdenes religiosas y su actividad educativa.
Importancia histórica
El laicismo republicano modificó de forma profunda la relación histórica entre el Estado y la Iglesia católica y convirtió la neutralidad religiosa del poder público en un principio constitucional. Fue una pieza central del programa modernizador de la Segunda República, pero también uno de los asuntos que más dividieron a la sociedad y a las fuerzas políticas. Su estudio permite comprender tanto el alcance reformista de la Constitución de 1931 como la resistencia de los sectores católicos y conservadores, así como la importancia de la cuestión religiosa en la conflictividad política del periodo.
Ejemplo y aplicación
En un comentario de los artículos 3, 26 o 27 de la Constitución de 1931, el laicismo sirve para explicar la desaparición de la religión oficial, la libertad de conciencia, la regulación de las confesiones y la secularización de instituciones públicas. Debe diferenciarse de una simple política antirreligiosa: su núcleo jurídico es la autonomía del Estado respecto a las confesiones, aunque algunas medidas concretas de 1931-1933 fueron muy controvertidas y percibidas por sus adversarios como anticlericales.
Relaciones históricas
Temas y procesos históricos
Personajes históricos
Recursos multimedia
Laicismo en Francia
en francés: Laïcité (/la.i.si.te/; 'secularism') es el principio constitucional del laicismo en Francia. El artículo 1 de la Constitución francesa se
Consultar recursoConstitución española de 1931
republicano». En Julio de la Cueva y Feliciano Montero (eds.), ed. Laicismo y catolicismo. El conflicto político-religioso en la Segunda República. Alcalá de Henares:
Consultar recursoLaicismo
«laicidad» y «laicismo» significan lo mismo o no. Quienes defienden que «laicidad» y «laicismo» no son sinónimos atribuyen al laicismo un sentido negativo
Consultar recursoPortugal
André Silva (2024). "A formação do laicismo em Portugal Afonso Costa e o anticlericalismo no início da República (1890-1914)" [The buildout of laicism
Consultar recursoFuentes y revisión editorial
- Congreso de los Diputadoshttps://www.congreso.es/en/web/guest/cem/const1931Estudio institucional sobre la Constitución de 1931 y la cuestión religiosa: artículos 3, 26 y 27.
- Congreso de los Diputadoshttps://www.congreso.es/constitucion/ficheros/historicas/cons_1931.pdfTexto histórico de la Constitución de 1931, fuente primaria para los artículos sobre religión y libertad de conciencia.
- Congreso de los Diputadoshttps://www.congreso.es/docu/constituciones/1931/confesiones_religiosas.pdfTexto de la Ley de Confesiones y Congregaciones Religiosas de 1933, desarrollo legislativo de los artículos 26 y 27.
Distinguir la definición general de laicismo de las medidas concretas de la Segunda República. Evitar equiparar automáticamente laicismo con ateísmo o anticlericalismo; explicar la controversia política con lenguaje descriptivo.
Última revisión: 2026-08-22
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