Principio de diferencia

Resumen
Principio distributivo de John Rawls según el cual las desigualdades sociales y económicas solo son justificables si forman parte de un sistema institucional que beneficia al máximo a los miembros menos aventajados, respetando previamente las libertades básicas y la igualdad equitativa de oportunidades.
Definición del concepto
El principio de diferencia es la cláusula distributiva del segundo principio de la justicia como equidad de John Rawls. Establece que las desigualdades sociales y económicas son aceptables únicamente si se organizan de modo que resulten en el mayor beneficio posible para los miembros menos aventajados de la sociedad. No prescribe una igualdad material estricta ni la maximización de la riqueza total: compara estructuras institucionales viables y exige escoger, entre las compatibles con las libertades básicas iguales y la igualdad equitativa de oportunidades, aquella que mejora más la posición de quienes están peor situados.
Interpretación filosófica
El principio expresa una concepción de la justicia distributiva basada en la reciprocidad entre ciudadanos libres e iguales. Parte de una presunción igualitaria, pero permite diferencias de ingresos, riqueza, poderes o responsabilidades cuando estas contribuyen al funcionamiento de instituciones que elevan las expectativas de los menos aventajados. Debe distinguirse del utilitarismo, que puede justificar pérdidas para algunos si aumenta la utilidad agregada, y también de una simple regla maximin aplicada bajo incertidumbre: en Rawls, el principio forma parte de una concepción completa de justicia y está subordinado a prioridades léxicas. La igualdad de libertades básicas tiene prioridad sobre el segundo principio, y la igualdad equitativa de oportunidades, a su vez, tiene prioridad sobre el principio de diferencia.
Origen del concepto
John Rawls formula el principio de diferencia en el desarrollo de su teoría de la «justicia como equidad», presentada de manera sistemática en A Theory of Justice (1971). Surge de su intento de ofrecer una alternativa al utilitarismo para regular la estructura básica de una sociedad democrática. En la construcción de la posición original, ciudadanos representados como libres e iguales eligen principios de justicia bajo un velo de ignorancia que impide aprovechar ventajas contingentes. El principio de diferencia concreta, en el terreno socioeconómico, la exigencia de que las desigualdades solo sean compatibles con una cooperación social justa si favorecen especialmente a quienes ocupan la posición menos ventajosa.
Evolución histórica
Tras A Theory of Justice, Rawls revisó formulaciones y argumentos de su proyecto, especialmente en Political Liberalism (1993) y Justice as Fairness: A Restatement (2001). El principio de diferencia se mantuvo como rasgo característico de la justicia como equidad, aunque Rawls aclaró su relación con la igualdad equitativa de oportunidades, los bienes primarios, la estructura básica y la idea de reciprocidad. El debate contemporáneo lo ha comparado con el igualitarismo estricto, el utilitarismo, el libertarismo y distintas teorías igualitarias sensibles a la responsabilidad o a la suerte. Para Bachillerato conviene recordar que no significa «dar lo mismo a todos», sino evaluar institucionalmente las desigualdades desde la posición de los menos aventajados.