Derecho natural

Resumen
Tradición filosófico-jurídica que afirma la existencia de principios de justicia anteriores o superiores a las leyes positivas. En Tomás de Aquino se funda en la participación racional en la ley eterna; en la modernidad, Hobbes y Locke reformulan la ley y los derechos naturales en relación con autopreservación, libertad, igualdad, propiedad y legitimidad del poder político.
Definición del concepto
El derecho natural es el conjunto de doctrinas que sostienen que ciertos principios normativos, deberes o derechos pueden conocerse mediante la razón y no dependen exclusivamente de una decisión legislativa o de una convención política. Por ello permite evaluar críticamente el derecho positivo a partir de criterios de justicia considerados más fundamentales.
Interpretación filosófica
En la tradición clásica y medieval, especialmente en Tomás de Aquino, la ley natural se integra en una concepción teleológica: la razón humana reconoce bienes y preceptos que orientan hacia el bien propio de los seres racionales y el bien común. En la modernidad, el iusnaturalismo cambia de acento. Hobbes entiende el derecho de naturaleza como libertad para preservar la propia vida y las leyes naturales como reglas racionales que conducen a la paz. Locke subraya la igualdad y libertad naturales y convierte la protección de derechos en criterio de legitimidad del gobierno. Así, el derecho natural sirve tanto para fundamentar obligaciones como para establecer límites al poder.
Origen del concepto
Sus antecedentes se encuentran en la filosofía griega, el estoicismo y el derecho romano, donde aparece la idea de un orden racional o universal de justicia. El cristianismo medieval integra esta herencia en una concepción teológica de la ley. Tomás de Aquino ofrece en el siglo XIII una formulación sistemática al distinguir ley eterna, natural, humana y divina. En los siglos XVII y XVIII, el derecho natural se seculariza parcialmente y se vincula cada vez más con derechos individuales, consentimiento y teoría política.
Evolución histórica
Desde la Antigüedad, el derecho natural ha servido para defender que la justicia no se agota en la legislación vigente. La escolástica medieval, y de forma paradigmática Tomás de Aquino, lo relacionó con razón, finalidad humana y ley eterna. En la modernidad, Grocio, Hobbes, Locke y otros autores contribuyeron a un iusnaturalismo centrado en individuos, pactos y derechos. Su legado influyó en el constitucionalismo y en el lenguaje moderno de los derechos. En los siglos XIX y XX, el positivismo jurídico cuestionó que la validez del derecho dependa de la moral, mientras distintas corrientes iusnaturalistas contemporáneas han defendido de nuevo conexiones necesarias o sustantivas entre derecho, razón práctica y bienes humanos.